Envíos Internacionales
Nuestro servicio de Envíos Internacionales combina experiencia, tecnología avanzada y un equipo de expertos dedicados para asegurar que sus mercancías lleguen a su destino con la mayor rapidez y seguridad. Ya sea que necesites enviar productos perecederos, maquinaria pesada o documentos importantes, garantizamos un manejo cuidadoso y una gestión óptima en cada etapa del proceso.
¿Cómo realizar Envíos Internacionales?
Enviar sobres y paquetes a nivel internacional nunca fue tan sencillo con la seguridad y confianza que brinda Glesener Cargo. Para poder hacerlo es necesario saber lo siguiente:
Documentos necesarios para hacer Envíos Internacionales
Se debe tener una Factura Comercial: En este documento se detalla lo que contiene el paquete, su valor y el propósito del envío.
Se debe llenar un Formulario de Aduanas: Es necesario para declarar el contenido del paquete.
Presentar la Identificación Personal: Al igual que en envíos nacionales, se requiere una identificación válida.
Debes tener en cuenta que estos artículos están restringidos:
- Efectos personales (artículos usados)
- Cigarrillos electrónicos
- Sustancias biológicas, Categoría B y especímenes humanos o animales exentos
- Animales vivos
- Baterías
- Plantas
- Productos perecederos
- Armas de fuego
- Semillas
- Químicos
- Pieles
- Tabaco
- Mercancías peligrosas
- Productos de origen animal, no domesticados
- Oro u otros metales preciosos
Las mercancías prohibidas o restringidas son aquellas que por mandato legal no pueden ingresar o salir del territorio nacional. El objetivo de restringir o prohibir una mercancía, es el de proteger y preservar la moral pública, la vida y la salud de las personas, conservar el patrimonio cultural e histórico, conservación de recursos naturales, entre otros.
Las consecuencias de introducir o llevar fuera del país mercancías prohibidas o restringidas deriva desde sanciones administrativas (cierre de locales, multas, etc) hasta pena privativa de la libertad no menor de 8 ni mayor de 12 años conforme a lo establecido en el artículo 8° de la Ley de Delitos Aduaneros – Ley N° 28008.
Países que actualmente están sin servicio internacional
- Cuba
- Irán
- Sudán
- Corea del Norte
- Rusia y Ucrania
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